Modifica la ley General de Urbanismo y Construcciones, con el fin de establecer ta obligatoriedad de contemplar zonas en los planos reguladores comunales para la instalación de antenas de telefonía móvil
Boletín N° 4443‑14
VISTOS:
Lo dispuesto en los artículos 60 y 62 de la Constitución Política de la República; lo prevenido por la Ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y lo establecido por el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.
CONSIDERANDO:
1° Que los Planos Reguladores que norman la construcción y el desarrollo urbano de las comunas no siempre contemplan la regulación de las antenas de telefonía celular, siendo de conveniencia y/o necesidad hacerlo, por no estar ello autorizado expresamente en los cuerpos legales que establecen normas sobre instrumentos de planificación urbana.
2° Que numerosas antenas se encuentran ubicadas en zonas altamente densificadas de carácter residencial y que ello ha generado efectos nocivos en los sectores afectados, deteriorando la calidad de vida y el valor de las propiedades.
POR LO TANTO,
Los diputados que suscriben vienen en someter a la consideración de este Honorable Congreso Nacional el siguiente,
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO UNICO: Agréguese al Artículo 46 de la Ley General de Vivienda y Urbanismo los siguientes incisos 4° Y 5°:
"Los Planos Reguladores Comunales de las comunas urbanas de más de 50.000 habitantes ‑o los planos seccionales a que se refiere este artículo- deberán contemplar normas que establezcan zonas donde se autorice la instalación de antenas de telefonía móvil. En las comunas menos pobladas y zonas rurales los instrumentos de planificación podrán contemplar disposiciones destinadas a regular la instalación de estos elementos según las necesidades locales.
En aquellas comunas donde existan antenas ubicadas en zonas altamente densificadas de carácter residencial los municipios podrán establecer un plazo en ningún caso menor a dos años para la reubicación de antenas construidas en áreas cuyo uso de suelo no haya sido autorizado para este efecto".