La ley cuyos artículos aparecen aquí son la base de un estudio que permite echar las antenas instaladas en las comunidades indígenas
De lo anterior podemos rescatar lo mas importante , como es en este caso particular el uso del articulo 13 de la ley 19253
Artículo 13.- Las tierras a que se refiere el artículo precedente, por exigirlo el interés nacional, gozarán de la protección de esta ley y no podrán ser enajenadas, embargadas, gravadas, ni adquiridas por prescripción, salvo entre comunidades o personas de una misma etnia.
No obstante, se permitirá gravarlas, previa autorización de la Corporación. Este gravamen no podrá comprender la casa-habitación de la familia indígena y el terreno necesario para su subsistencia.
Igualmente las tierras cuyos titulares sean Comunidades Indígenas no podrán ser arrendadas, dadas en comodato, ni cedidas a terceros en uso, goce o administración.
Las de personas naturales indígenas podrán serlo por un plazo no superior a cinco años. En todo caso, éstas con la autorización de la Corporación, se podrán permutar por tierras de no indígenas, de similar valor comercial debidamente acreditado, las que se considerarán tierras indígenas, desafectándose las primeras.
Los actos y contratos celebrados en contravención a este artículo adolecerán de nulidad absoluta.
en especial lo indicado en el inciso 3
Igualmente las tierras cuyos titulares sean Comunidades Indígenas no podrán ser arrendadas, dadas en comodato, ni cedidas a terceros en uso, goce o administración.
de lo expresado en el inciso 3 se desprende que las comunidades indígenas no pueden arrendar sus terrenos a las empresas de telefonía móvil, pues a pesar de indicar la ley que son complementarias a todo tipo de suelo según lo estipulado en el articulo 2.1.24 inciso final de la Ordenanza general de urbanismo y construcción, en la misma se indican los tipos de suelo que son Residencial, Equipamiento, Actividades Productivas, Infraestructura, Espacio Publico y Área Verde
como se pueden percatar no existe la Complementariedad para las tierras indígenas, por lo cual con orgullo podemos decir "se les escapo una a los legisladores" dicho en otra forma las tierras que pertenezcan a comunidades indígenas están libres de antenas de telefonía móvil, por ahora, ya verán los legisladores la forma de contaminar a nuestros pueblos originarios con sus basuras de la modernidad. Espero que las comunidades no caigan rendidas ante el poder de don dinero y el gobierno de turno y menos aun de las multinacionales.