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Copropietarios y Administración

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Los abajo firmantes, todos copropietarios y con sus cuentas al  dia, preocupados debido a la instalación de una segunda antena para el servicio de la telefonía celular en nuestro condominio, hemos efectuado una serie de investigaciones a través de Internet y  a encontrado la siguiente información que consideramos relevante  y de la cual usted debería estar enterado.

 

Existe un informe del Instituto Inmobiliario de Chile  que indica:

 

Existe un devalúo de las propiedades cercanas a las antenas de entre un 30 % y un 50%

 

Por otra parte se presentan informes de investigaciones medicas que certifican un aumento de diversas patologías en quienes viven  dentro de un radio de 400 mts del campo electromagnético generado por las antenas. Esto esta reflejado en los siguientes estudios  medicos.

 

NAILA en Alemania   (verificar en pagina   www.avaate.org )

NETANYA en Israel   (verificar en pagina  www.avaate.org )

Carta enviada por el Alcalde  de Vilcún al Señor Pablo Bello Subsecretario de telecomunicaciones    (verificar en pagina  http://www.samit.cl/vilcun.htm  y luego hacer click en vilcun) en relacion a 7 personas muertas de cáncer en un radio de 300 mts de una antena de la empresa ENTEL y otras treinta que hoy están en tratamiento por diversas patologías.

 

En relación a las autoridades Chilenas en especial de la Subtel (subsecretaria de telecomunicaciones) encargada de velar  que los niveles de emisión de las antenas no perjudiquen la salud de las personas, a efectuado  a través de la normativa 403 del año 2008 una rebaja de los niveles de emisión de 435 microwatt  a 100 microwatt y a 10 microwatt en hospitales y escuelas, reconociendo de esta forma que las emisiones de estas antenas podrían ser perjudiciales para la salud de las personas

 

Además se pudo constatar que la legislación vigente en relación a las normativas de Copropietarios  indica claramente:

 

La necesidad de efectuar reuniones extraordinarias en caso que se desee efectuar el arrendamiento de areas  comunes.

 

La asistencia de al menos el 75% de los copropietarios.

 

Y que todo debe ser escriturado a través de un  Notario Publico

 

Normativas, que consideramos no se han cumplido en esta situación.

 

Por lo anteriormente expuesto solicitamos al señor administrador de este condominio efectúe  en el periodo de 15 días a contar de hoy una reunión extraordinaria con la finalidad de:

 

 

 

1) Mostrar y leer a los presentes en la reunión  los documentos enviados a las diferentes organizaciones gubernamentales que tienen competencia en el tema de la radiación electromagnética y la instalación de antenas de telefonía móvil y su respuesta.

 

2) De existir algún contrato con empresas de Telefonía Móvil, informar sobre los beneficiarios , montos involucrados, ya que estos deberían ser conocidos por la asamblea de copropietarios. Esto daría transparencia a lo obrado por la administración.

 

Además cumpliendo con la  Ley de Copropiedad los abajo firmantes solicitamos el cumplimiento y realización de lo indicado precedentemente

 

(Listado con  nombre, rut y firma  de los copropietarios que solicitan esta reunión)