Policía - 01 de Agosto de 2003

Empresa ganó litigio por antena para celulares

Grupo de vecinos sector del sector Las Rastras había presentado un recurso de protección

En fallo dividido, la segunda sala de la Corte de Apelaciones de Talca rechazó un recurso de protección entablado por un grupo de vecinos y por la propietaria de una residencia ubicada en el sector de Las Rastras ubicado al oriente de la capital maulina, acción legal que tenía por finalidad revertir la instalación de una polémica antena para celulares en este barrio residencial de parte de la empresa ENTEL PCS.
De hecho y aunque las obras habían avanzado hasta levantar la torre de soporte de la antena, el máximo tribunal regional había "congelado" los trabajos al dictar una orden de no innovar solicitada por los recurrentes, pero ahora esta medida transitoria quedará sin efecto a partir de la sentencia de primera instancia.
Los hechos se registraron a partir de noviembre del año pasado, cuando la propietaria de uno de los terrenos pertenecientes al ex fundo San Miguel descubrió que en un recinto a sólo cuarenta metros de su residencia se estaban efectuando obras para instalar la antena de celulares. En sus primeras indagaciones, la afectada descubrió que su vecino había firmado un contrato de arriendo con una empresa telefónica, otorgando autorización para levantar la estructura.
El caso judicial fue objeto de alegatos hace un mes ante el tribunal de alzada, donde se decretó la resolución "en acuerdo" y como medida para mejor resolver, se ordenó una inspección personal donde la ministra, Juana Venegas, comprobó la presencia de la antena. En el tema de fondo, el fallo señala que este tipo de tecnología produce radiación, pero que existen normas dictadas por la Subsecretaría de Telecomunicaciones que incluso son más estrictas en Chile que en otros países.
A la vez, la sentencia puntualiza que entre los atributos del dominio de una propiedad no se cuenta el valor comercial y tampoco la plusvalía. De esta forma, se descartó el principal argumento de los afectados, quienes alegaban tanto por el daño a la salud provocado por las radiaciones de la antena como por perjuicios económicos debido a la devaluación de los terrenos donde se ubican sus residencias.
Los votos de mayoría en el fallo corresponden a la ministra Juana Venegas y al abogado integrante, Jenaro Bobadilla, ya que el ministro Rodrigo Biel estuvo por acoger los argumentos de los recurrentes, en especial por el criterio de que estas antenas causan pérdida de valor en las propiedades aledañas, subrayando que se debía proceder a retirar la estructura sin perjuicio de las compensaciones económicas a los afectados.

Diario El Centro